Factores que inciden en la aplicación del artículo 64 de la
ordenanza 1´96 en el Liceo Onésimo Jiménez Vespertino.
Introducción.
Es
preocupante el hecho de que muchos profesores desconozcan los artículos de la
Ordenanza 1-96, en especial el artículo 64, que sirven de base al propio
sistema educativo para el que trabajan, lo que puede producir una educación de
baja calidad. La importancia de este estudio radica en conocer la problemática
y tratar de dar algunas sugerencias factibles y propicias para mejorar y/o
reducir este problema.
Este aparente desconocimiento por parte
de docentes y gestores educativos es lo que hace que surjan las siguientes
interrogantes:
¿Existe
conocimiento entre los docentes sobre los artículos de la Ordenanza 1-96, en
especial el artículo 64?
¿Se aplica en la escuela el artículo 64?
¿Cuáles
son las razones por las que los profesores no aplican el artículo 64 como
elemento de su práctica docente?
¿Cuáles
son las razones por las que los alumnos no asisten regularmente a clases?
Esta
investigación está titulada factores que inciden en la aplicación del artículo
64 de la Ordenanza 1’96 en el Liceo Onésimo Jiménez Vespertino. La misma obedece al interés
manifiesto de las investigadoras
interesadas en identificar y saber los factores que impiden
que los maestros apliquen el artículo 64 para determinar el porcentaje mínimo
de asistencia para aprobar una asignatura o grado, puesto que estos mismos factores,
en un momento dado, podrían afectar otras áreas del
quehacer del estudiante.
Todo
país está regido por una serie de leyes y preceptos que dirige su sistema de
vida, en especial su sistema educativo. La mayoría de países cuenta con una ley
de educación y con otros reglamentos complementarios que le dan forma y
estructura al quehacer educativo. La República Dominicana tiene en su aval la
Ley de Educación No. 66-97 y varias normativas que contribuyen con el marco
jurídico del proceso educativo del país. Dentro de las normativas
complementarias dominicanas se encuentran las ordenanzas, resoluciones, órdenes
departamentales, disposiciones y acuerdos emitidos por las autoridades
competentes a cada uno.
En el contexto educativo dominicano las
ordenanzas son emitidas por el Consejo Nacional de Educación y están
subordinadas a la Ley de Educación No. 66-97. La Ordenanza 1’96 es una
disposición emitida por el Consejo Nacional de Educación para el
establecimiento del sistema de evaluación del currículo para los diferentes
niveles y subsistemas que comprenden el sistema educativo dominicano. Estos
niveles y subsistemas regidos por esta ordenanza son el nivel inicial, básico,
medio, el subsistema de educación de adultos y la modalidad de educación
especial.
La Ordenanza 1’96 conduce al
fortalecimiento de una evaluación de calidad. Mediante la misma se llega a la
conclusión de que todos los participantes del proceso educativo son
responsables por sí mismos del desarrollo de la evaluación de todos los
componentes del sistema educativo dominicano.
La Ordenanza 1’96 entró en vigor en el año escolar 1996-1997
después de ser puesta en ejecución la Ordenanza 1’95 que instituye el currículo
educativo para todo el sistema educativo dominicano en el año escolar
1995-1996. La Ordenanza 1’96 está conformada por 118 artículos. Estos artículos determinan las
formas, requisitos, técnicas e instrumentos a utilizar para valorar el
rendimiento de los estudiantes en los diferentes niveles, modalidades y subsistemas. La Ordenanza 1’98 modificó los artículos 51,
68, 69 y 70 de la Ordenanza 1’96.
Artículo
64 de la Ordenanza 1-96.
La
Ordenanza 1’96, en su artículo 64, decreta que
repetirá el área o asignatura el/la estudiante que al finalizar el
semestre haya acumulado más del 20% de inasistencia a clases sin causas
justificadas. Aclara este artículo en un párrafo anexo que se consideran causas
justificadas de inasistencia a clase las
enumeradas en el
párrafo 1 del artículo 51 de la presente Ordenanza.
El
párrafo 1 del artículo 51 detalla como causas justificadas de inasistencia a
clases las enfermedades debidamente certificadas, los accidentes que produzcan
incapacidad temporal, la muerte del padre, madre, tutor, o hermanos y otras
causas de fuerza mayor, consideradas válidas por la dirección del centro
educativo. El artículo 51, según la Ordenanza 1’98, presenta la siguiente modificación como
párrafo 2 que dice que en los casos de centros nocturnos, se consideran causas
justificadas de inasistencia a clases, los asuntos concernientes al horario de
trabajo de los/las estudiantes, debidamente comprobado por el/la directora/a
del Centro.
El artículo 64 es de suma importancia
en el rendimiento académico de los estudiantes a la hora de valorar su
aprobación. Determina que por no asistir
regularmente a clases, con un máximo de más de 20% de ausencias, un estudiante
puede reprobar o repetir una asignatura y, en muchos casos, el grado. Los
docentes deben estar claros en el conocimiento y aplicación de las normas establecidas
por el sistema educativo dominicano debido a que, los mismos pueden afectar la
promoción y/o reprobación de los alumnos.
Asistencia.
El Diccionario
Enciclopédico Rezza Color para el Siglo XXI define la asistencia como la acción
de asistir a un lugar. De igual modo, “se asocia a estar presente en algún lugar, como una clase, un
acto, una asamblea”.
(http://definicion.de/asistencia/)
En otras fuentes, la asistencia es explicada como “la concurrencia a un lugar y
permanencia en él”. (http://www.wordreference.com/definicion/asistencia)
Se considera que la asistencia a clases
es importante para el proceso educativo de todo ser humano. Provee la
posibilidad de garantizar la aprobación de las asignaturas cursadas y la
obtención de buenas calificaciones. Así mismo, se aprovechan mejor los
contenidos curriculares, el fortalecimiento de las relaciones interpersonales y disminuye el riesgo de abandono o deserción
escolar.
La
asistencia beneficia las relaciones, la imagen y la credibilidad de los alumnos
respecto de sus maestros enriqueciendo las relaciones humanas de calidad con
sus respectivos formadores y maestros.
Inasistencia.
A pesar de que la
Constitución de la República Dominicana, en su artículo 63, acápite 3, dice que
el Estado garantiza la educación pública gratuita y la declara obligatoria en
el nivel inicial, básico y medio, y en el acápite 4, expresa que el Estado
velará por la gratuidad y la calidad de la educación general, el cumplimiento
de sus fines y la formación moral, intelectual y física del educando, muchos
estudiantes no consiguen alcanzar el cumplimiento del derecho a la educación.
En efecto, no conquistan los propósitos educativos propuestos en el nivel y/o
grado al que asisten porque presentan problemas de inasistencia. Esta
problemática se da tanto en el sector público como en el sector privado.
La
inasistencia es considerada como lo contrario de asistencia. Está definida como
la carencia de asistencia por el Diccionario Enciclopédico Rezza Color para el
Siglo XXI. Otra fuente la define como “ausencia de un lugar o acto”
En el ámbito escolar la
inasistencia o absentismo es “entendido como la falta injustificada al centro
escolar para recibir clases por parte de algún alumno, no implica
necesariamente un problema escolar si esta situación no se realiza de forma
continuada “Es la falta de asistencia en el aula de clase, también
la falta de conexión entre el mundo familiar de la escuela. Es importante para
el individuo y la sociedad que existan las instituciones educativas necesarias
de manera que nadie se quede sin prepararse”. (http://www.monografías.com) La inasistencia es considerada como una
situación alarmante si se efectúa de manera continua y prolongada.
Se
sabe que la inasistencia puede provocar que un estudiante repruebe determinada
asignatura y/o grado cursado. Se estima que un estudiante que falte más de lo
establecido por el reglamento escolar puede que no alcance los objetivos del
grado y/o asignatura. Ese estudiante, igualmente, puede ser propenso al
abandono de los estudios. Por esta
razón se persevera en que el aprendizaje
es un proceso continuo, construido día a día, si un estudiante pierde parte del
proceso no podrá seguir al mismo ritmo
que los demás que si asisten regularmente, lo que podría provocarle frustraciones
y desencantos.
Es importante que los estudiantes asistan a clases para escuchar,
asimilar y aprender lo que intentan enseñar los docentes y a la vez, ir al
mismo tiempo en el proceso de formación personal y social con el resto del
grupo en el que se encuentra. La inasistencia “incide fundamentalmente en
varios aspectos de la vida escolar, de una parte, en el rendimiento con sus
consecuencias académicas, y por otra, en su formación personal e integración,
como elementos activos y participativos de la comunidad escolar”. Los docentes diariamente recogen la
asistencia o inasistencia de los estudiantes mediante el pase de lista. Este
método no es una garantía de que los estudiantes estén en el aula al momento de
ejecutarse. Muchos alumnos dicen presente y al poco tiempo piden permiso para
salir del aula, y en muchas ocasiones, pierden el periodo completo de clase. El problema ocasionado por la
inasistencia afecta no sólo al propio alumno sino también a su familia y
comunidad. Un estudiante que tiene un
alto porcentaje de inasistencia no obtiene los aprendizajes necesarios para
desenvolverse en la vida cotidiana. Esto ocasiona que no logre promover el
nivel y/o grado en el que se encuentra y que no pueda conseguir buenas
oportunidades de empleo y/o de altos ingresos económicos cuando alcance la
adultez.
La familia es la primera responsable de la educación de los hijos, así
lo establece la Ley de Educación 66-97 en su artículo 4, acápite g. En otras
palabras, tiene responsabilidad y el deber de enviar a sus hijos con
regularidad a clases. La familia debe conocer las razones por las que un
estudiante no asiste a la escuela. Si se considera la educación como un factor
clave para salir de la pobreza, la inasistencia, o ausencia sin
justificación, es una falla que
imposibilita el éxito de romper el círculo de pobreza que le rodea. Son muchas
las razones por las que los estudiantes no asisten con regularidad a los
centros educativos, no sólo en la realidad dominicana sino en casi todos los
países. Algunas de esas razones de la
inasistencia son el acoso escolar, el
trabajo, la poca motivación a clases por parte de los estudiantes,
el desconocimiento sobre las
consecuencias de la inasistencia, la
apatía hacia alguna asignatura, el padecimiento de enfermedades propias
y/o de familiares, la metodología aplicada por el profesor, el poco dominio del
contenido por parte del profesor, la actitud del profesor, la disciplina en
clases. Otros motivos son problemas de aprendizaje, embarazos, desintegración
familiar, ser miembros de familias numerosas, entre otras.
De igual
modo, se podrían considerar como causas de la inasistencia escolar el desinterés de
muchos padres en la educación de sus hijos, la ausencia de los padres,
porque trabajan y no proporcionan la
atención necesaria y adecuada a hijos en edad escolar, el maltrato y/o rechazo
de docentes y/o familiares. También, entran en esa categoría, las malas
relaciones entre compañeros, las calificaciones obtenidas en determinadas
asignaturas como español y matemáticas. Muchos estudiantes se excusan diciendo
que las clases son aburridas, que trabajar es más importante y remunerativo que
estudiar, que no están aprendiendo y que por lo tanto, no importa si faltan o
no a la escuela.
La
justificación de una ausencia a clases o inasistencia, en el contexto educativo
dominicano, está determinada por el artículo 51, en el párrafo 1, de la
Ordenanza 1’96. Las causas consideradas como justificadas, mencionadas
anteriormente, son las enfermedades debidamente certificadas, los accidentes
que produzcan incapacidad temporal, la muerte del padre, madre, tutor, o
hermanos y otras causas de fuerza mayor, consideradas válidas por la dirección
del centro educativo.
El
párrafo #2, del artículo #1, de la Ordenanza 1´98, establece como modificación
del artículo #51, de la Ordenanza 1’96, indica que en los casos de centros
nocturnos, se consideran causas justificadas de inasistencia a clase, los
asuntos concernientes al horario de trabajo de los/las estudiantes, debidamente
comprobado por el/la director/a del centro.
Esta aclaración fue mencionada
anteriormente en este estudio.
Es de gran relevancia que todos los
implicados en el proceso educativo consideren la asistencia a clases como una
prioridad. La familia debe estar al tanto las actividades de sus miembros,
tanto dentro como fuera de la escuela. Deben conocer las reglas del centro
educativo al que asisten sus hijos, verificar la asistencia de los hijos y
comunicarse con los maestros para explicar la razón y el tiempo por los cuales
sus hijos no asistirán al centro.
Los maestros deben informar, tanto a
los padres como a la dirección del centro, si notan cambios conductuales y/o de
aprendizaje en los estudiantes, favorables o desfavorables. Especialmente en el
caso de inasistencia prolongada o frecuente, el centro, docentes y dirección,
deben saber si las causas que las originan son justificadas. Como están
relacionados los bajos resultados académicos con la inasistencia, la escuela
debe fomentar el hábito de la asistencia a clases y hacer cumplir toda la
normativa legal referente a la misma, particularmente el artículo 64 de la
Ordenanza 1’96 del sistema de evaluación dominicano, informando a los padres y
alumnos sobre las consecuencias de la inasistencia y sus implicaciones en todos los ámbitos de la
vida personal y profesional de las personas.
Se deben buscar medidas que frenen el
ausentismo escolar. El rol de la familia en esta cuestión es importantísimo.
Escuela y familia deben trabajar de la mano para reducir o erradicar esta
problemática. La asistencia es primordial para merecer el éxito escolar y en el
trabajo.
La metodología utilizada en esta
investigación fue el método deductivo. Dado que los datos generales son
acogidos como convenientes para deducir, usando el razonamiento lógico, las
respuestas a las preguntas de la investigación y así, adaptarlas a casos
individuales y comprobar la validez. La
técnica empleada para la recolección de datos fue la encuesta, al tener como
finalidad el obtener una impresión general de una población o grupos
específicos de individuos en lo referente a características o hechos
determinados. El
instrumento empleado para la recolección de datos es el cuestionario, que se
aplicó a los profesores que imparten en el Nivel Medio del mencionado centro.
Este instrumento está compuesto por 10 preguntas cerradas con respuestas de
selección múltiple asociadas a los objetivos y a las preguntas de la
investigación.
Este estudio corresponde al tipo de
investigación descriptiva, pues sus objetivos están dirigidos a describir el
análisis de las situaciones presentadas en torno al problema investigado en
particular durante el tiempo de su realización y los resultados obtenidos. Además, es de tipo
transversal, debido a que su delimitación hace un corte tanto en el espacio
como en el tiempo.
La investigación está fundamentada en
el análisis documental, porque se efectuó una consulta de fuentes
bibliográficas, con el propósito de una sustentación teórica de la misma. En
segundo orden, obedece al tipo de investigación de campo, porque parte del
lugar de los hechos donde se ha presentado el problema a indagar.
La población objeto de estudio es de 23
profesores que imparten en el Nivel Medio. Considerando el universo existente
para los profesores y el tiempo para efectuar la investigación se decidió tomar
una muestra de 10 profesores, cantidad
que representa el 44% de la población total.
El tipo de muestreo utilizado fue el muestreo aleatorio simple, dando
así la posibilidad a todos los maestros que constituyen el universo de
pertenecer a la muestra.
La delimitación de este estudio en
espacio se realizó en el Nivel Medio del
Liceo Onésimo Jiménez Vespertino perteneciente al Distrito 08-05 de Santiago.
En cuanto al tiempo, la investigación se llevó a cabo en el período educativo
correspondiente al segundo cuatrimestre del año escolar 2012-2013.
Para la recolección de los datos, se
procedió a la interpretación de los datos. La encuesta se aplicó de manera
personal con la resolución de tener contacto directo con las personas que
proporcionarían la información. Se visitó el centro educativo, se conversó con
las autoridades del mismo para que aprobasen
la aplicación del instrumento, después se pasó a las aulas a la
observación directa del problema e interactuar con los profesores.
La información recolectada fue agrupada
y presentada mediante tablas de frecuencias y gráficos con la intención de
posibilitar una fácil interpretación de los resultados. Por último, se extrajeron los hallazgos y
conclusiones finales que reflejan la conducta general de las variables de
interés, las cuales fueron satisfechas en su totalidad.
Análisis y
discusión de los resultados.
Realizada la investigación de los
factores que afectan la aplicación del artículo 64 de la ordenanza 1´96 en el Liceo
Onésimo Jiménez Vespertino de Santiago se verifico que el 60% de los docentes
aplica poco los artículos de la ordenanza 1´96 y un 40% aplica mucho. El 50% de
los docentes conoce mucho el contenido de la ordenanza 1´96, el 40% conoce poco
y el 10% nada.
Los docentes conocen en un 100% el
artículo 64 de la ordenanza 1´96 y lo aplican en su asignatura.
En
el análisis sobre la información dada a los estudiantes sobre la aplicación del
artículo 64 de la ordenanza 1´96, el 90% de los docentes del Liceo Onésimo
Jiménez Vespertino la realiza la información a sus estudiantes y un total 10%
de los docentes no informa acerca del artículo a sus estudiantes.
El 50% de los docentes considera que
afecta mucho la aplicación del artículo 64 de la ordenanza 1´96 en la promoción
de los estudiantes, un 40% considera que poco y el 10% considera que nada.
Gráfico 1.
Fuente: Pregunta No. 1 del cuestionario
aplicado a los docentes.
Gráfico
No. 3.
Fuente: Pregunta
No. 4 del cuestionario aplicado a los docentes.
Conclusiones.
Luego de haber analizado los resultados obtenidos a través
de la aplicación del cuestionario aplicado a docentes involucrados en la investigación sobre los
factores que inciden en la aplicación del artículo 64 de la Ordenanza 1’96 en
el Liceo Onésimo Jiménez Vespertino. Segundo cuatrimestre, Año Escolar
2012-2013, se ha llegado a las siguientes conclusiones:
Los docentes encuestados citaron como
causas de la inasistencia estudiantil la poca motivación a clases, la apatía de los estudiantes, el hecho de que
hay estudiantes que trabajan, el desconocimiento de las consecuencias de la
inasistencia por parte del estudiantado. También, fueron consideradas las enfermedades
padecidas por el estudiante o sus familiares, la actitud y la metodología del
profesor.
Se estimó que menos de la mitad de los
entrevistados considera que la medida en
que los docentes basan su práctica docente en la promoción y aplicación de los
artículos de la Ordenanza 1-96 es poca.
Se estableció que la totalidad de los
encuestados conoce la Ordenanza 1’96. En
cuanto a la consideración sobre el conocimiento del contenido de la
Ordenanza 1’96 que poseen los docentes
del centro se determinó que la gran parte de los indagados tiene conocimiento
del contenido de la Ordenanza 1’96.
La totalidad de los docentes
consultados indicó que conoce y que aplica el artículo 64 de la Ordenanza 1’96.
Y en su mayoría informa de su aplicación a los estudiantes. En cuanto a que la
aplicación del artículo 64 puede afecta la promoción de los estudiantes, el
profesorado encuestado considera que se afecta mucho, verificándose lo
establecido en el mismo artículo 64 de la Ordenanza 1’96.
Acerca de las razones para no aplicar o
aplicar en poca medida el artículo 64, los consultados consideraron que se debe
al desconocimiento o poco conocimiento sobre el artículo en cuestión, a la
apatía para aplicar el artículo, al poco
dominio de la Ordenanza 1’96, la poca motivación y/o participación en talleres
de capacitación y por ayudar a los estudiantes a promocionar la asignatura.
Autoras.
Josefa Mercedes López Díaz nació en
Santiago de Los Caballeros. Realizó estudios de Educación en diferentes
universidades del país y del extranjero. Actualmente cursa una Maestría en
Ciencias de la Educación en UTESA. Tiene 24 años de experiencia laboral,
desempeñándose como profesora en las diversas áreas y niveles del sistema educativo
dominicano.
Rocío Esther Ulloa Paulino nació en
Santiago de Los Caballeros. Con una experiencia laboral de más 17 años como
profesora de Lenguas Extranjeras, tanto en el sector público como privado.
Habla 4 idiomas. Realizó estudios de Ingeniería en Sistemas y Cómputos en la
PUCMM y de Educación en el Instituto Superior de Formación Docente, Recinto
Emilio Prud’Homme de Santiago. En la actualidad, cursa la Maestría en Ciencias
de la Educación, mención Planificación Educativa en UTESA.
Referencias bibliográficas.
CONGRESO NACIONAL (2010). Constitución de la República Dominicana.
SECRETARIA DE ESTADO DE EDUCACION, BELLAS ARTES Y
CULTOS
(1997). Ordenanza 1-96
que establece el sistema de evaluación
del curriculum de la
educación inicial, básica, media, especial
y de adultos. Santo
Domingo: Corripio.
SECRETARIA DE ESTADO DE EDUCACION Y CULTURA (2008). Ley
de
Educación 66’ 97. Santo
Domingo: Corripio.
(s.a.) (2000). Diccionario Enciclopédico Rezza Color
para el Siglo XXI. León,
Guanajuato: Rezza Editores.
Base de Datos Referencia de Investigaciones
Educativas de la República
Diccionario de
español. http:// es.thefreedictionary.com
Diccionario
Word Reference.
http://www.wordreference.com
Inasistencia a
clases. http://inasistenciaaclases.blogspot.com
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