domingo, 11 de agosto de 2013


Factores que inciden en la aplicación del artículo 64 de la ordenanza 1´96 en el Liceo Onésimo Jiménez Vespertino.

 
Por: Rocío Ulloa y Josefa López. Agosto 2013

 Resumen.
 La asistencia a clases es un factor clave en el rendimiento académico de un estudiante. Permite aprovechar al máximo el tiempo dedicado al estudio. La  inasistencia a clases, en cambio, es un dolor de cabeza tanto para estudiantes, profesores como para los padres. Muchos estudiantes deben repetir asignaturas y, en ocasiones, el año escolar completo porque sobrepasaron el porcentaje mínimo de ausencias a clases. Es importante que todas las personas involucradas en el proceso de enseñanza-aprendizaje conozcan las consecuencias que conllevan el ausentarse de clases sin justificación alguna. La Ordenanza 1-96, en su artículo 64, expresa que repetirá el área o asignatura el/la estudiante que al finalizar el semestre haya acumulado más del 20% de inasistencia a clases sin causas justificadas.  Una asistencia poco continua de un estudiante causa un bajo aprendizaje, lo que además, induce al atraso con relación al grupo en el que se encuentra y, en muchos casos, a la deserción escolar.

 Palabras claves.Ordenanza, asistencia, inasistencia, evaluación, calidad educativa, aprendizaje, Consejo Nacional, Educación

Introducción. 
      Es preocupante el hecho de que muchos profesores desconozcan los artículos de la Ordenanza 1-96, en especial el artículo 64, que sirven de base al propio sistema educativo para el que trabajan, lo que puede producir una educación de baja calidad. La importancia de este estudio radica en conocer la problemática y tratar de dar algunas sugerencias factibles y propicias para mejorar y/o reducir este problema.

         Este aparente desconocimiento por parte de docentes y gestores educativos es lo que hace que surjan las siguientes interrogantes:

¿Existe conocimiento entre los docentes sobre los artículos de la Ordenanza 1-96, en especial el artículo 64?

¿Se  aplica en la escuela el artículo 64?

¿Cuáles son las razones por las que los profesores no aplican el artículo 64 como elemento de su práctica docente?

¿Cuáles son las razones por las que los alumnos no asisten regularmente a clases?

         Esta investigación está titulada factores que inciden en la aplicación del artículo 64 de la Ordenanza 1’96 en el Liceo Onésimo Jiménez Vespertino. La misma obedece al interés manifiesto de las investigadoras  interesadas en identificar y saber los factores que impiden que los maestros apliquen el artículo 64 para determinar el porcentaje mínimo de asistencia para aprobar una asignatura o grado, puesto que estos mismos factores, en un momento dado, podrían afectar otras áreas del quehacer del estudiante.

         Todo país está regido por una serie de leyes y preceptos que dirige su sistema de vida, en especial su sistema educativo. La mayoría de países cuenta con una ley de educación y con otros reglamentos complementarios que le dan forma y estructura al quehacer educativo. La República Dominicana tiene en su aval la Ley de Educación No. 66-97 y varias normativas que contribuyen con el marco jurídico del proceso educativo del país. Dentro de las normativas complementarias dominicanas se encuentran las ordenanzas, resoluciones, órdenes departamentales, disposiciones y acuerdos emitidos por las autoridades competentes a cada uno.

         En el contexto educativo dominicano las ordenanzas son emitidas por el Consejo Nacional de Educación y están subordinadas a la Ley de Educación No. 66-97. La Ordenanza 1’96 es una disposición emitida por el Consejo Nacional de Educación para el establecimiento del sistema de evaluación del currículo para los diferentes niveles y subsistemas que comprenden el sistema educativo dominicano. Estos niveles y subsistemas regidos por esta ordenanza son el nivel inicial, básico, medio, el subsistema de educación de adultos y la modalidad de educación especial.

         La Ordenanza 1’96 conduce al fortalecimiento de una evaluación de calidad. Mediante la misma se llega a la conclusión de que todos los participantes del proceso educativo son responsables por sí mismos del desarrollo de la evaluación de todos los componentes del sistema educativo dominicano.

         La Ordenanza 1’96  entró en vigor en el año escolar 1996-1997 después de ser puesta en ejecución la Ordenanza 1’95 que instituye el currículo educativo para todo el sistema educativo dominicano en el año escolar 1995-1996. La Ordenanza 1’96 está conformada por  118 artículos. Estos artículos determinan las formas, requisitos, técnicas e instrumentos a utilizar para valorar el rendimiento de los estudiantes en los diferentes niveles, modalidades y subsistemas.  La Ordenanza 1’98 modificó los artículos 51, 68, 69 y 70 de la Ordenanza 1’96.

Artículo 64 de la Ordenanza 1-96.

La Ordenanza 1’96, en su artículo 64, decreta que  repetirá el área o asignatura el/la estudiante que al finalizar el semestre haya acumulado más del 20% de inasistencia a clases sin causas justificadas. Aclara este artículo en un párrafo anexo que se consideran causas justificadas de inasistencia a clase las

enumeradas en el párrafo 1 del artículo 51 de la presente Ordenanza.

         El párrafo 1 del artículo 51 detalla como causas justificadas de inasistencia a clases las enfermedades debidamente certificadas, los accidentes que produzcan incapacidad temporal, la muerte del padre, madre, tutor, o hermanos y otras causas de fuerza mayor, consideradas válidas por la dirección del centro educativo. El artículo 51, según la Ordenanza 1’98,  presenta la siguiente modificación como párrafo 2 que dice que en los casos de centros nocturnos, se consideran causas justificadas de inasistencia a clases, los asuntos concernientes al horario de trabajo de los/las estudiantes, debidamente comprobado por el/la directora/a del Centro.

         El artículo 64 es de suma importancia en el rendimiento académico de los estudiantes a la hora de valorar su aprobación.  Determina que por no asistir regularmente a clases, con un máximo de más de 20% de ausencias, un estudiante puede reprobar o repetir una asignatura y, en muchos casos, el grado. Los docentes deben estar claros en el conocimiento y aplicación de las normas establecidas por el sistema educativo dominicano debido a que, los mismos pueden afectar la promoción y/o reprobación de los alumnos.

Asistencia.

El Diccionario Enciclopédico Rezza Color para el Siglo XXI define la asistencia como la acción de asistir a un lugar. De igual modo, “se asocia a estar presente en algún lugar, como una clase, un acto,  una asamblea”. (http://definicion.de/asistencia/) En otras fuentes, la asistencia es explicada como “la concurrencia a un lugar y permanencia en él”. (http://www.wordreference.com/definicion/asistencia)

         Se considera que la asistencia a clases es importante para el proceso educativo de todo ser humano. Provee la posibilidad de garantizar la aprobación de las asignaturas cursadas y la obtención de buenas calificaciones. Así mismo, se aprovechan mejor los contenidos curriculares, el fortalecimiento de las relaciones interpersonales y  disminuye el riesgo de abandono o deserción escolar.

         La asistencia beneficia las relaciones, la imagen y la credibilidad de los alumnos respecto de sus maestros enriqueciendo las relaciones humanas de calidad con sus respectivos formadores y maestros.

Inasistencia.

A pesar de que la Constitución de la República Dominicana, en su artículo 63, acápite 3, dice que el Estado garantiza la educación pública gratuita y la declara obligatoria en el nivel inicial, básico y medio, y en el acápite 4, expresa que el Estado velará por la gratuidad y la calidad de la educación general, el cumplimiento de sus fines y la formación moral, intelectual y física del educando, muchos estudiantes no consiguen alcanzar el cumplimiento del derecho a la educación. En efecto, no conquistan los propósitos educativos propuestos en el nivel y/o grado al que asisten porque presentan problemas de inasistencia. Esta problemática se da tanto en el sector público como en el sector privado.

 

         La inasistencia es considerada como lo contrario de asistencia. Está definida como la carencia de asistencia por el Diccionario Enciclopédico Rezza Color para el Siglo XXI. Otra fuente la define como “ausencia de un lugar o acto”

            En el ámbito escolar la inasistencia o absentismo es “entendido como la falta injustificada al centro escolar para recibir clases por parte de algún alumno, no implica necesariamente un problema escolar si esta situación no se realiza de forma continuada “Es la falta de asistencia en el aula de clase, también la falta de conexión entre el mundo familiar de la escuela. Es importante para el individuo y la sociedad que existan las instituciones educativas necesarias de manera que nadie se quede sin prepararse”. (http://www.monografías.com)  La inasistencia es considerada como una situación alarmante si se efectúa de manera continua y prolongada.

         Se sabe que la inasistencia puede provocar que un estudiante repruebe determinada asignatura y/o grado cursado. Se estima que un estudiante que falte más de lo establecido por el reglamento escolar puede que no alcance los objetivos del grado y/o asignatura. Ese estudiante, igualmente, puede ser propenso al abandono de los estudios.  Por esta razón  se persevera en que el aprendizaje es un proceso continuo, construido día a día, si un estudiante pierde parte del proceso no podrá  seguir al mismo ritmo que los demás que si asisten regularmente, lo que podría provocarle frustraciones y desencantos.

       Es importante que los estudiantes asistan a clases para escuchar, asimilar y aprender lo que intentan enseñar los docentes y a la vez, ir al mismo tiempo en el proceso de formación personal y social con el resto del grupo en el que se encuentra. La inasistencia “incide fundamentalmente en varios aspectos de la vida escolar, de una parte, en el rendimiento con sus consecuencias académicas, y por otra, en su formación personal e integración, como elementos activos y participativos de la comunidad escolar”.         Los docentes diariamente recogen la asistencia o inasistencia de los estudiantes mediante el pase de lista. Este método no es una garantía de que los estudiantes estén en el aula al momento de ejecutarse. Muchos alumnos dicen presente y al poco tiempo piden permiso para salir del aula, y en muchas ocasiones, pierden el periodo completo de clase.         El problema ocasionado por la inasistencia afecta no sólo al propio alumno sino también a su familia y comunidad.  Un estudiante que tiene un alto porcentaje de inasistencia no obtiene los aprendizajes necesarios para desenvolverse en la vida cotidiana. Esto ocasiona que no logre promover el nivel y/o grado en el que se encuentra y que no pueda conseguir buenas oportunidades de empleo y/o de altos ingresos económicos cuando alcance la adultez.

       La familia es la primera responsable de la educación de los hijos, así lo establece la Ley de Educación 66-97 en su artículo 4, acápite g. En otras palabras, tiene responsabilidad y el deber de enviar a sus hijos con regularidad a clases. La familia debe conocer las razones por las que un estudiante no asiste a la escuela. Si se considera la educación como un factor clave para salir de la pobreza, la inasistencia, o ausencia sin justificación,  es una falla que imposibilita el éxito de romper el círculo de pobreza que le rodea. Son muchas las razones por las que los estudiantes no asisten con regularidad a los centros educativos, no sólo en la realidad dominicana sino en casi todos los países. Algunas de esas razones  de la inasistencia son el acoso escolar, el  trabajo, la poca motivación a clases por parte de los estudiantes, el  desconocimiento sobre las consecuencias de la inasistencia, la  apatía hacia alguna asignatura, el padecimiento de enfermedades propias y/o de familiares, la metodología aplicada por el profesor, el poco dominio del contenido por parte del profesor, la actitud del profesor, la disciplina en clases. Otros motivos son problemas de aprendizaje, embarazos, desintegración familiar, ser miembros de familias numerosas, entre otras.

        De igual modo, se podrían considerar como causas de la inasistencia escolar el  desinterés de  muchos padres en la educación de sus hijos, la ausencia de los padres, porque trabajan y no proporcionan  la atención necesaria y adecuada a hijos en edad escolar, el maltrato y/o rechazo de docentes y/o familiares. También, entran en esa categoría, las malas relaciones entre compañeros, las calificaciones obtenidas en determinadas asignaturas como español y matemáticas. Muchos estudiantes se excusan diciendo que las clases son aburridas, que trabajar es más importante y remunerativo que estudiar, que no están aprendiendo y que por lo tanto, no importa si faltan o no a la escuela.

         La justificación de una ausencia a clases o inasistencia, en el contexto educativo dominicano, está determinada por el artículo 51, en el párrafo 1, de la Ordenanza 1’96. Las causas consideradas como justificadas, mencionadas anteriormente, son las enfermedades debidamente certificadas, los accidentes que produzcan incapacidad temporal, la muerte del padre, madre, tutor, o hermanos y otras causas de fuerza mayor, consideradas válidas por la dirección del centro educativo.

         El párrafo #2, del artículo #1, de la Ordenanza 1´98, establece como modificación del artículo #51, de la Ordenanza 1’96, indica que en los casos de centros nocturnos, se consideran causas justificadas de inasistencia a clase, los asuntos concernientes al horario de trabajo de los/las estudiantes, debidamente comprobado por el/la director/a del centro.  Esta aclaración  fue mencionada anteriormente en este estudio.

         Es de gran relevancia que todos los implicados en el proceso educativo consideren la asistencia a clases como una prioridad. La familia debe estar al tanto las actividades de sus miembros, tanto dentro como fuera de la escuela. Deben conocer las reglas del centro educativo al que asisten sus hijos, verificar la asistencia de los hijos y comunicarse con los maestros para explicar la razón y el tiempo por los cuales sus hijos no asistirán al centro.

         Los maestros deben informar, tanto a los padres como a la dirección del centro, si notan cambios conductuales y/o de aprendizaje en los estudiantes, favorables o desfavorables. Especialmente en el caso de inasistencia prolongada o frecuente, el centro, docentes y dirección, deben saber si las causas que las originan son justificadas. Como están relacionados los bajos resultados académicos con la inasistencia, la escuela debe fomentar el hábito de la asistencia a clases y hacer cumplir toda la normativa legal referente a la misma, particularmente el artículo 64 de la Ordenanza 1’96 del sistema de evaluación dominicano, informando a los padres y alumnos sobre las consecuencias de la inasistencia y  sus implicaciones en todos los ámbitos de la vida personal y profesional de las personas.

         Se deben buscar medidas que frenen el ausentismo escolar. El rol de la familia en esta cuestión es importantísimo. Escuela y familia deben trabajar de la mano para reducir o erradicar esta problemática. La asistencia es primordial para merecer el éxito escolar y en el trabajo.

         La metodología utilizada en esta investigación fue el método deductivo. Dado que los datos generales son acogidos como convenientes para deducir, usando el razonamiento lógico, las respuestas a las preguntas de la investigación y así, adaptarlas a casos individuales y comprobar la validez.   La técnica empleada para la recolección de datos fue la encuesta, al tener como finalidad el obtener una impresión general de una población o grupos específicos de individuos en lo referente a características o hechos determinados.  El instrumento empleado para la recolección de datos es el cuestionario, que se aplicó a los profesores que imparten en el Nivel Medio del mencionado centro. Este instrumento está compuesto por 10 preguntas cerradas con respuestas de selección múltiple asociadas a los objetivos y a las preguntas de la investigación.

         Este estudio corresponde al tipo de investigación descriptiva, pues sus objetivos están dirigidos a describir el análisis de las situaciones presentadas en torno al problema investigado en particular durante el tiempo de su realización y  los resultados obtenidos. Además, es de tipo transversal, debido a que su delimitación hace un corte tanto en el espacio como en el tiempo.

         La investigación está fundamentada en el análisis documental, porque se efectuó una consulta de fuentes bibliográficas, con el propósito de una sustentación teórica de la misma. En segundo orden, obedece al tipo de investigación de campo, porque parte del lugar de los hechos donde se ha presentado el problema a indagar.

         La población objeto de estudio es de 23 profesores que imparten en el Nivel Medio. Considerando el universo existente para los profesores y el tiempo para efectuar la investigación se decidió tomar una muestra de 10 profesores,  cantidad que representa el 44% de la población total.  El tipo de muestreo utilizado fue el muestreo aleatorio simple, dando así la posibilidad a todos los maestros que constituyen el universo de pertenecer a la muestra.

         La delimitación de este estudio en espacio  se realizó en el Nivel Medio del Liceo Onésimo Jiménez Vespertino perteneciente al Distrito 08-05 de Santiago. En cuanto al tiempo, la investigación se llevó a cabo en el período educativo correspondiente al segundo cuatrimestre del año escolar 2012-2013.

         Para la recolección de los datos, se procedió a la interpretación de los datos. La encuesta se aplicó de manera personal con la resolución de tener contacto directo con las personas que proporcionarían la información. Se visitó el centro educativo, se conversó con las autoridades del mismo para que aprobasen  la aplicación del instrumento, después se pasó a las aulas a la observación directa del problema e interactuar con los profesores.

        La información recolectada fue agrupada y presentada mediante tablas de frecuencias y gráficos con la intención de posibilitar una fácil interpretación de los resultados.  Por último, se extrajeron los hallazgos y conclusiones finales que reflejan la conducta general de las variables de interés, las cuales fueron satisfechas en su totalidad.

Análisis y discusión de los resultados.

       Realizada la investigación de los factores que afectan la aplicación del artículo 64 de la ordenanza 1´96 en el Liceo Onésimo Jiménez Vespertino de Santiago se verifico que el 60% de los docentes aplica poco los artículos de la ordenanza 1´96 y un 40% aplica mucho. El 50% de los docentes conoce mucho el contenido de la ordenanza 1´96, el 40% conoce poco y el 10% nada.

        Los docentes conocen en un 100% el artículo 64 de la ordenanza 1´96 y lo aplican en su asignatura.

        En el análisis sobre la información dada a los estudiantes sobre la aplicación del artículo 64 de la ordenanza 1´96, el 90% de los docentes del Liceo Onésimo Jiménez Vespertino la realiza la información a sus estudiantes y un total 10% de los docentes no informa acerca del artículo a sus estudiantes.

      El 50% de los docentes considera que afecta mucho la aplicación del artículo 64 de la ordenanza 1´96 en la promoción de los estudiantes, un 40% considera que poco y el 10% considera que nada.

Gráfico 1.

Fuente: Pregunta No. 1 del cuestionario aplicado a los docentes.

 

Gráfico No. 3.


Fuente: Pregunta No. 4 del cuestionario aplicado a los docentes.

 

 Conclusiones.

 Luego de haber analizado los resultados obtenidos a través de la aplicación del cuestionario aplicado a docentes  involucrados en la investigación sobre los factores que inciden en la aplicación del artículo 64 de la Ordenanza 1’96 en el Liceo Onésimo Jiménez Vespertino. Segundo cuatrimestre, Año Escolar 2012-2013, se ha llegado a las siguientes conclusiones:

         Los docentes encuestados citaron como causas de la inasistencia estudiantil la poca motivación a clases,  la apatía de los estudiantes, el hecho de que hay estudiantes que trabajan, el desconocimiento de las consecuencias de la inasistencia por parte del estudiantado. También, fueron consideradas las enfermedades padecidas por el estudiante o sus familiares, la actitud y la metodología del profesor.

         Se estimó que menos de la mitad de los entrevistados considera que la  medida en que los docentes basan su práctica docente en la promoción y aplicación de los artículos de la Ordenanza 1-96 es poca.

         Se estableció que la totalidad de los encuestados conoce la Ordenanza 1’96.   En cuanto a  la consideración  sobre el conocimiento del contenido de la Ordenanza 1’96  que poseen los docentes del centro se determinó que la gran parte de los indagados tiene conocimiento del contenido de la Ordenanza 1’96.

         La totalidad de los docentes consultados indicó que conoce y que aplica el artículo 64 de la Ordenanza 1’96. Y en su mayoría informa de su aplicación a los estudiantes. En cuanto a que la aplicación del artículo 64 puede afecta la promoción de los estudiantes, el profesorado encuestado considera que se afecta mucho, verificándose lo establecido en el mismo artículo 64 de la Ordenanza 1’96.

         Acerca de las razones para no aplicar o aplicar en poca medida el artículo 64, los consultados consideraron que se debe al desconocimiento o poco conocimiento sobre el artículo en cuestión, a la apatía para aplicar el artículo,  al poco dominio de la Ordenanza 1’96, la poca motivación y/o participación en talleres de capacitación y por ayudar a los estudiantes a promocionar la asignatura.

Autoras.

Josefa Mercedes López Díaz nació en Santiago de Los Caballeros. Realizó estudios de Educación en diferentes universidades del país y del extranjero. Actualmente cursa una Maestría en Ciencias de la Educación en UTESA. Tiene 24 años de experiencia laboral, desempeñándose como profesora en las diversas áreas y niveles del sistema educativo dominicano.

Rocío Esther Ulloa Paulino nació en Santiago de Los Caballeros. Con una experiencia laboral de más 17 años como profesora de Lenguas Extranjeras, tanto en el sector público como privado. Habla 4 idiomas. Realizó estudios de Ingeniería en Sistemas y Cómputos en la PUCMM y de Educación en el Instituto Superior de Formación Docente, Recinto Emilio Prud’Homme de Santiago. En la actualidad, cursa la Maestría en Ciencias de la Educación, mención Planificación Educativa en UTESA.

Referencias bibliográficas.

CONGRESO NACIONAL (2010). Constitución de la República Dominicana.

 

SECRETARIA DE ESTADO DE EDUCACION, BELLAS ARTES Y CULTOS

                         (1997). Ordenanza 1-96 que establece el sistema de evaluación

                         del curriculum de la educación inicial, básica, media, especial

                          y de adultos. Santo Domingo: Corripio.

 

SECRETARIA DE ESTADO DE EDUCACION Y CULTURA (2008). Ley de 

                       Educación 66’ 97. Santo Domingo: Corripio.

(s.a.) (2000). Diccionario Enciclopédico Rezza Color para el Siglo XXI. León,

         Guanajuato: Rezza Editores.

Base de Datos Referencia de Investigaciones Educativas de la República

         Dominicana. http://www.ideice.gob.do

 

Definición. de. http://definicion.de/

 

Diccionario de español. http:// es.thefreedictionary.com

Diccionario Word  Reference. http://www.wordreference.com

Inasistencia a clases. http://inasistenciaaclases.blogspot.com

Monografías. http:// www.monografías.com

Proyecto Educativo Hispanic Remedial. http://sites.google.com/sites/hispanicremedial

 

Sistema Educativo Dominicano. http://siseducdom.blogspot.com/

 

 

 

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